Ley Karin: ¿Tu PyME cumple con los protocolos obligatorios?

Por Hugo Espinal G. · Consultor Asociado

Ley Karin: ¿Tu PyME cumple con los protocolos obligatorios?

Introducción

Desde el 1 de agosto de 2024, todas las empresas en Chile están obligadas a prevenir y sancionar el acoso laboral. Esta es la Ley Karin (Nº 21.643), y no tiene excepción por tamaño de empresa: también aplica a tu PyME, aunque tengas solo 3 o 5 trabajadores.

En solo año y medio, se registraron 66.596 denuncias por Ley Karin, y el 87.5% fue por acoso laboral. Lo más preocupante: solo 45% de las microempresas tiene protocolos implementados.

 

¿Tu empresa está en ese 55% que no cumple? Aquí te explico exactamente qué hacer.

 

¿Qué es exactamente la Ley Karin?

La Ley Karin modifica el Código del Trabajo para reforzar:

Aspecto

Qué cambia

Prevención

Las empresas deben tener protocolos obligatorios de acoso laboral

Sanción

El acoso laboral pasa a ser causal de despido (Art. 160 Nº 1)

Denuncia

Los trabajadores pueden denunciar directamente a la Dirección del Trabajo

Protección

Se activa la garantía de indemnidad: no puedes despedir por haber denunciado

 

¿Qué se considera acoso laboral?

"Cualquier conducta que tenga por efecto menoscabar la dignidad del trabajador, creando un entorno laboral hostal, intimidatorio o humillante"

Esto incluye:

- Comentarios despectivos sobre género, origen o apariencia

- Exclusión sistemática de reuniones o actividades

- Críticas constantes y públicas sin fundamento

- Malos tratos o intimidación

- Asignación de tareas innecesariamente difíciles o insignificantes

 

Checklist de implementación: 7 pasos para tu PyME

 

Paso 1: Elaborar el protocolo (1-2 semanas)

Elementos mínimos que debe contener:

- Definición clara de acoso laboral (usar la definición de la ley)

- Órganos o personas responsables de recibir denuncias (puede ser el dueño, supervisor o Recursos Humanos)

- Procedimiento de investigación (plazos, pasos, quién participa)

- Medidas de protección al denunciante durante la investigación

- Sanciones aplicables (desde amonestación escrita hasta despido)

- Canal de denuncia (correo, teléfono, forma física)

- Plazo máximo para resolver: 30 días desde la denuncia

 

Tip para PyMEs: Si no tienes departamento de Recursos Humanos, designa a dos personas (ej: dueño + supervisor) para recibir denuncias y evitar conflictos de interés.

 

Paso 2: Capacitar a todos los trabajadores (2-3 horas)

- Realizar sesión de capacitación obligatoria para todos (incluidos supervisores y dueños)

- Explicar qué es acoso laboral con ejemplos concretos

- Mostrar cómo funciona el protocolo de denuncia

- Obtener firma de aceptación de cada trabajador (evidencia de capacitación)

- Cerca de 40 mil personas ya fueron capacitadas en Chile

 

Tip: Puedes usar material gratuito de la Dirección del Trabajo o Achs.

 

Paso 3: Publicar el protocolo (1 día)

- Colocar el protocolo en lugar visible de la empresa (sala de reuniones, entrada)

- Enviar copia digital a todos los trabajadores (correo o WhatsApp empresarial)

- Incluir en el Reglamento Interno si tu empresa tiene 20+ trabajadores (obligatorio)

- Guardar evidencia de publicación (foto del lugar, copia de envío)

 

Paso 4: Designar responsables (1 día)

- Nombrar 2 personas como receptoras de denuncias (evita que sea solo el dueño)

- Definir quién lidera la investigación (puede ser externo si necesitas experiencia)

- Establecer quién aplica las sanciones

- Comunicar oficialmente los nombres a todo el equipo

 

Paso 5: Crear el formato de denuncia (1 día)

- Diseñar formulario simple de denuncia (puede ser digital o físico)

- Incluye campos: nombre denunciante, nombre denunciado, descripción del hecho, fecha, evidencia disponible

- Ofrecer opción de denuncia anónima (aunque la ley no lo exige, es recomendado)

- Guardar copias en lugar seguro (archive digital con respaldo)

 

Formato mínimo sugerido:

FORMULARIO DE DENUNCIA POR ACOSO LABORAL

 

Fecha

 

Denunciante (opcional si es anónimo)

 

Denunciado

 

Descripción del hecho (qué, cuándo, dónde)

 

Evidencia disponible (mensajes, fotos, otros)

 

Firma

 

 

 

Paso 6: Implementar procedimiento de investigación (tiempo continuo)

Cuando recibas una denuncia:

1. Notificar al denunciado dentro de 5 días (darle derecho a defensa)

2. Recopilar evidencia: mensajes, correos, testimonios de otros trabajadores

3. Integrar comité de investigación (2-3 personas, sin relación con las partes)

4. Investigar con entrevistas separadas (denunciante → denunciado → testigos)

5. Resolución dentro de 30 días máximo

6. Aplicar sanción si hay acoso comprobado (amonestación, suspensión, despido)

7. Comunicar resultado a ambas partes (sin revelar detalles confidenciales)

 

Importante: No puedes despedir al denunciante por haber denunciado (garantía de indemnidad).

 

Paso 7: Documentar y mantener (continuo)

- Guardar registro de todas las denuncias.

- Actualizar protocolo cada 2 años o cuando Cambie la ley

- Re-capacitar cada año a nuevos trabajadores

- Mantener evidencia de capacitación por 2 años (plazo de reclamos DT)

 

Consecuencias de no cumplir

Consecuencia

Detalle

Multas DT

Desde $2.500.000 a $20.000.000 según gravedad

Demandas laborales

Trabajador puede demandar por acoso + indemnización por daños

Despido injustificado

Si despides al denunciante, pagas indemnización + recargo 30-100%

Daño reputacional

Denuncias públicas afectan imagen de tu empresa

 

¿Qué hacer si ya tienes una denuncia?

1. No descartes: Aunque sea pequeña empresa, el protocolo aplica

2. Activa el protocolo: Sigue los pasos de investigación (Paso 6)

3. No despedir al denunciante: Riesgo de garantía de indemnidad

4. Busca asesoría externa: Abogado laboral o consultoría si no tienes experiencia

5. Documenta todo: Cada paso debe tener evidencia escrita

 

Recursos gratuitos

- Dirección del Trabajo: Material de capacitación y modelos de protocolo

- Achs: Guía específica para PyMEs sobre Ley Karin

- Previsión Social: Cerca de 40 mil personas ya capacitadas, material disponible

 

Conclusión

La Ley Karin no es opcional. Si tu PyME no tiene protocolo implementado estás en riesgo de:

- Multas de hasta $20 millones

- Demandas laborales con indemnizaciones altas

- Pérdida de reputación

 

Lo mejor: Implementar el protocolo te protege como empresa y crea un ambiente laboral más sano. Comienza hoy con el Paso 1 (elaborar el protocolo) y en 2 semanas ya estarás cumpliendo.

 

¿Necesitas ayuda? Si tu PyME tiene dudas específicas sobre implementación, consulta en www.hubgerencial.cl,  especializados en Ley Karin.

Si no tienes quien lo haga, te proporcionamos el servicios. Tendrás toda la documentación de tu empresa, en un solo lugar a la mano.

 

 

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